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Guía para la declaración del impuesto de Sociedades

El próximo martes 26 de julio acaba el plazo de presentación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2010. Las novedades en la libertad de amortización, las operaciones vinculadas y la amortización del fondo de comercio son las principales cuestiones que hay que tener en cuenta a la hora de declarar este impuesto.

Cambios normativos en la
libertad de amortización.



Las empresas pueden, en tiempos de crisis, reducir las
pérdidas contables.



Las inversiones en elementos nuevos del inmovilizado
material y de las inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas,
puestos a disposición del sujeto pasivo iniciados dentro de los años 2009 a
2015 pueden ser amortizados libremente



Para 2009 y para 2010 –hasta el 2 de diciembre– se exige
además el requisito de mantenimiento del empleo durante los 24 meses siguientes
al inicio del ejercicio.



Amortización del Fondo de
Comercio Financiero



La legislación nacional permite todavía en las operaciones
extracomunitarias la amortización del fondo de comercio financiero. Esto es, la
deducción de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades de un 5% anual
durante veinte años, del precio satisfecho en exceso respecto del valor teórico
contable de la sociedad adquirida.



La UE ya ha limitado también la deducción en las operaciones
extracomunitarias (considerando esta fórmula como ayudas de Estado).



Operaciones vinculadas



La interpretación de la Administración tributaria podría
trasladar la responsabilidad del riesgo fiscal por operaciones vinculadas desde
los fiscalistas a los responsables financieros de las empresas.


Fuente: Diario Expansión (adaptación)

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